Acceso al Crédito a la Rehabilitación para Comunidades de Vecinos
Se modifica la Ley de Propiedad Horizontal y los criterios de toma de decisiones para que las comunidades de vecinos, accedan al crédito a la rehabilitación. Dicho crédito resultaba hasta ahora complicado de conseguir porque los bancos eran reacios a su concesión al carecer las comunidades de propietarios de personalidad jurídica propia.
Este cambio normativo busca promover la realización de obras de reforma destinadas a la mejora de la eficiencia energética de los edificios por parte de las comunidades de propietarios, así como facilitar el acceso a la financiación.
La realización de estas obras de mejora deberán estar acreditadas a través de un certificado de eficiencia energética del edificio, así como la solicitud de ayudas y subvenciones, préstamos o cualquier otro tipo de financiación. Será necesario el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que además, representen la mayoría de las cuotas de participación. Como requisito se debe cumplir que el coste de las obras repercutido anualmente, no supere la cuantía de nueve mensualidades ordinarias de gastos comunes, una vez descontadas las ayudas o subvenciones recibidas.
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